La plaga de orugas, peligro para niños y mascotas
19.02.2020Entrevista en Servimedia
05.05.2020Debido a la situación que estamos atravesando por la pandemia del coronavirus COVID-19, el Ministerio de Sanidad de España, a través de la Secretaría General de Sanidad, ha hecho púbica la siguiente nota informativa sobre las empresas biocidas:
En relación al carácter esencial de las actividades realizadas por las empresas de servicios biocidas, esta Unidad informa lo siguiente:
1. El artículo 18.2 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece que aquellas empresas y proveedores que, no teniendo la consideración de críticos, son esenciales para asegurar el abastecimiento de la población y los propios servicios esenciales, adoptarán las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios esenciales que les son propios. En este sentido, las empresas de servicios biocidas realizan un papel esencial prestando servicios de control de plagas en sectores esenciales como la industria alimentaria.
2. El Real Decreto-ley 10/2020, incluye un Anexo en el que se enumeran una serie de sectores calificados como esenciales. Las actividades de desinfección se consideran una actividad esencial, en esta situación de crisis sanitaria. Esta actividad la consideramos incluida en el punto 18 y 25 del citado Anexo .
3. En el Documento técnico colgado en la web del Ministerio : Medidas higiénicas para la prevención de contagios del COVID-19, en el apartado 4 relativo a Medidas higienicas a tomar en lugares de pública concurrencia, se nombra expresamente a las Empresas de Servicios como las indicadas para llevar a cabo las labores de desinfección con virucidas cuya aplicación requiere de personal profesional especializado.
Con independencia de lo anterior, la actividad se debe hacer compatible con el propósito de la declaración del estado de alarma, que es la protección de la salud pública mediante la contención de las infecciones por Covid-19. Así pues, las tareas representadas por empresas de servicios biocidas serán las fundamentales para que sectores esenciales puedan seguir funcionando y las actividades de desinfección consideradas esenciales en esta situación de crisis sanitaria pueda seguir realizándose.
En cualquier caso es necesario recordar que en aquellas actividades que se lleven a cabo se reforzarán las medidas de higiene personal y colectiva, así como el distanciamiento social, recomendadas por las autoridades sanitarias.
Madrid, 30 de marzo de 2020